A- de 2009
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Angel Manuel Cortavarria Mercado Vs. Corte Suprema De Justicia –Sala De Casacion Penal-
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Al no admitir su trámite las diferentes salas de casación vulneran el derecho de acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva
- Juez escogido por el actor no podrá suscitar conflicto de competencia contra la Corte Suprema de Justicia pues es la autoridad que ya con anterioridad ha resuelto no admitir su trámite
- Competencia de Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad
- Reiteración autos 004/04 y 100/08 consistente en posibilidad de escoger cualquier juez colegiado, incluso la Corte Constitucional para su revisión
- Incompetencia de la Corte Constitucional
- Competencia de juez unipersonal, colegiado o corporación judicial de la misma jerarquía cuando Corte Suprema de Justicia la declara improcedente en razón a que se dirige contra sus providencias judiciales
- Competencia del juez del lugar donde ocurrió la vulneración o amenaza de los derechos fundamentales
- Remisión proceso para que la Corte Constitucional decida de fondo
- Debe señalar como máximo órgano de cierre de la jurisdicción constitucional si considera que es competente para fallar de fondo o determinar quien lo es
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REMÍTASE el expediente contentivo de la acción de tutela propuesta por el ciudadano Ángel Manuel Cortavarria Mercado contra la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al Juez
- Segundo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla para que le dé trámite y decida en forma inmediata.
- Segundo. Por Secretaría General COMUNÍQUESE al Juzgado Penal del Circuito de Especializado de Barranquilla la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.